El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha confirmado la ilegalidad de un alojamiento turístico en Son Espanyolet.
El gobierno ha retirado los permisos a Alzina Living por graves defectos de construcción.
El Tribunal Supremo de las Islas Baleares ha confirmado que una de las viviendas vacacionales de Alzina Living en el barrio de Son Espanyolet no podía obtener licencia. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso de la empresa contra la decisión de la Conselleria de Turismo de retirarle la licencia como empresa de alquiler vacacional, al no cumplir la vivienda número 61 los requisitos necesarios para ello. La viviendaVilla Barrera 61" se ofrecía en alquiler a "no turistas" en la página web de la empresa.
En este contexto, el experto declaró en un primer informe que, sin embargo, no se habían subsanado todas las deficiencias y que el número de camas declarado, ocho, no se correspondía con el certificado de habitabilidad, que había declarado sólo seis plazas.
Además, otro informe pericial reveló que el inmueble tenía una habitación que la autoridad desconocía hasta entonces. Basándose en estos informes, el permiso fue finalmente retirado, ya que la propiedad también sólo fue capaz de alcanzar 64 de los 70 puntos mínimos requeridos para ser concedido.
En su defensa, la empresa alegó que, contrariamente al informe pericial, cumplía los requisitos para explotar este tipo de alojamientos y que no había gozado de suficiente protección jurídica durante el procedimiento. Sin embargo, el tribunal rechazó ambos argumentos. En la sentencia se afirma que cualquier inmueble destinado a fines turísticos debe cumplir desde el principio "todos los requisitos exigidos". Sin embargo, este no era el caso del alojamiento de Barrera 61: "El contenido del primer informe, que pone de manifiesto un estado claramente insuficiente del inmueble, aporta datos suficientes. Afirmar que un inmueble está libre de defectos cuando se encuentra en estado de deterioro no se ajusta a los principios legales."
Además, el tribunal reprendió a la empresa por no corregir el número de plazas y por no eliminar suficientemente las deficiencias. "La empresa tampoco lo negó, ni durante el procedimiento ni ahora en la vista judicial, para la que ni siquiera presentó prueba alguna", concluye el tribunal.
En su opinión, el objetor tampoco se encontraba en situación de indefensión, ya que "conocía perfectamente los motivos de la denegación del permiso".
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